8.5. Poblaciones Grupos de Interés

Población Grupos de Interés

Etários

Rrom

El pueblo Rrom de Bogotá es una comunidad étnica con un origen que se remonta a más de mil años, cuando fueron forzados a abandonar el norte de la India y se desplazaron a Europa y, posteriormente, a América. Aunque son conocidos por su estilo de vida nómada, mantienen su propia lengua, el shib rromaní, hablada por más de doce millones de Rroms en todo el mundo.

Normativa

CONPES 40 Política Pública para y del Pueblo Rrom en Bogotá D.C. 2024-2036

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Negro / Afrocolombiano / Palenquero

El objetivo de la política plantea la protección de las personas de la comunidad negra afrocolombiana desde la atención a mujeres víctimas de violencia étnico racial, violencias basadas en género, violencia por condición sexual y por conflicto armado en la que participa de manera importante el sector de Mujer.

El cuidado y la protección de los niños y niñas de la comunidad negra, afrocolombiana refiere acciones que comprometen al sector de Integración Social. La prevención, protección, seguridad y cuidado de la vida de las personas de la comunidad Negra Afrocolombiana integra acciones que serían realizados por los sectores de Seguridad, Convivencia y Justicia y Gobierno.

La atención de las personas con derechos vulnerados plantea acciones que convocan la participación de los sectores de Integración Social, Salud, Hábitat y Gobierno.

Normativa

CONPES 39 Política Pública de la Población Negra, Afrocolombiana y Palenquera, en Bogotá D.C. 2024-2036

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Raizal

A partir de la Constitución Política de 1991, Colombia reconoció de manera explícita la multiculturalidad y la plurietnicidad de la nación. Esta tomó una perspectiva multicultural que es el escenario propicio para un modelo de Estado plural, que amplía el escenario de comprensión cultural y diálogo, al tiempo que ensancha el escenario de derechos humanos, cuestionando los largos procesos de racialización y pensamiento de unidad estatal que existía hasta entonces (Cuchumbé Holguín, 2012).

Con ello, el Estado colombiano reconoció al pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina como uno de los cinco grupos étnicos de la Nación, lo cual, lo hace acreedor de una protección especial por parte del Estado. De acuerdo con la definición concertada en el marco del proceso de consulta previa finalizada en julio del 2021.

El pueblo raizal es el conformado por los descendientes de los Amerindios, africanos y europeos que poblaron el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para construir una sociedad con lengua y cultura propia.

Normativa

CONPES 38 Política Pública del Pueblo Raizal en Bogotá D.C. 2024-2036

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Indígena

Como parte de este esfuerzo, este Documento CONPES incluye un marco conceptual que aborda las cosmogonías propias de las comunidades indígenas, así como también las apuestas que desde el Estado se realizan para resolver las barreras e inequidades que afectan a los ciudadanos pertenecientes a estos pueblos.

De igual manera, se revisa en detalle la información que desde la institucionalidad se tiene frente a la situación actual de cada uno de los pueblos indígenas como también la información aportada por cada una de las comunidades en las mesas de trabajo conjuntas realizadas con PNUD y la Dirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría de Gobierno.

Normativa

Política Pública de los Pueblos Indígenas en Bogotá D.C 2024-2035

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Ciclo de Vida

Primera Infancia / Infancia / Adolescencia

Es una apuesta estratégica porque reconoce la importancia que tienen las mujeres y personas que se dedican a la economía del cuidado para el desarrollo de niñas, niños y adolescentes que redunda en mejores prácticas de crianza, la transformación de roles de género y la distribución del cuidado en la familia. Y en particular, este Plan de Desarrollo en la meta No.41 se propone la actualización, implementación y seguimiento a la Política Pública de Infancia y Adolescencia de la ciudad en la que la Secretaría Distrital de Integración Social es la entidad rectora y líder de la formulación, implementación y evaluación.

Normativa

Política Pública de Primera Infancia, Infancia y Adolescencia 2023-2033

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Juventud

Se propone como objetivo general, ampliar las oportunidades, individuales y colectivas, de las y los jóvenes para que puedan elegir lo que quieren ser y hacer hacia la construcción de proyectos de vida, que permitan el ejercicio pleno de su ciudadanía para beneficio personal y de la sociedad, a través del mejoramiento del conjunto de acciones institucionales y el fortalecimiento de sus entornos relacionales.

Para lograr este cometido, se priorizaron siete (7) objetivos específicos: Ser Joven, Educación, Inclusión Productiva, Salud Integral y Autocuidado, Cultura, Recreación y Deporte; Paz, Convivencia y Justicia; y Hábitat; treinta y seis (36) resultados esperados y ciento tres (103) bienes y servicios; que de acuerdo a los problemas que las y los jóvenes identificaron durante la fase Agenda Pública, responden a los asuntos de principal interés para su desarrollo. Posteriormente se realizaron actualizaciones de la política que derivaron en el aumento a ciento ocho (108) bienes y servicios.

Normativa

Política Pública Distrital de Juventud 2019–2030

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Adultez

La Política Pública de y para la Adultez (PPA) fue adoptada mediante el Decreto 544 del 2 de diciembre de 2011, para un periodo de vigencia entre 2011 y 2044. Su formulación implicó el desarrollo de dos etapas, la primera: “horizonte de sentido”, en la que se definieron las bases filosóficas, políticas, sociales, temas orientadores y contenido estructurante, y la segunda: “formulación”, en la cual se generaron reflexiones en torno al concepto de la adultez, relacionando el rol de la población adulta en función de su papel de agente productivo en la sociedad y sujeto políticamente activo, sumado a la comprensión del ciclo de la adultez como el momento privilegiado en el cual se cualificaba el ejercicio de la libertad, asumida como la capacidad de la población para la toma de decisiones sobre su proyecto de vida y su capacidad de adquirir bienes.

Normativa

Actualización del Plan de Acción de la Política Pública de y para la Adultez 2011-2044

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Envejecimiento / Vejez

La formulación y adopción del Plan de Acción de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital, como instrumento que describe las actividades prioritarias para el logro de los resultados previstos en la articulación y armonización de la política pública con el Plan de Desarrollo Distrital, se constituye en un elemento fundamental en la implementación de la política pública en pro de la garantía de los derechos de las personas mayores.

A partir del Decreto 668 de 20172 , se plantea la necesidad de actualizar el Plan de Acción de la PPSEV para el período 2021 -2025, que coindice con la última fase de implementación, teniendo en cuenta las fases que sirven para orientar las acciones de manera progresiva en el cumplimiento de las metas proyectadas por la política que comprenden, fase a corto plazo 2010-2015, fase a mediano plazo 2016-2020 y fase a largo plazo 2021-2025.

Normativa

Actualización del Plan de Acción de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez 2010-2025

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Sociales

Mujer, Equidad y Género

La implementación de esta política ha logrado ubicar los intereses de las mujeres en la agenda pública de la ciudad. Este proceso de agenciamiento ha sido gradual y progresivo y se ha adelantado durante los últimos 16 años, posicionando en el Distrito Capital la implementación de los enfoques de género, diferencial y de derechos de las mujeres junto con los instrumentos, instancias e instituciones creadas para su desarrollo y ejecución.

Entre de los principales avances con los que actualmente cuenta la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género están: i) el reconocimiento institucional y normativo sobre los derechos de las mujeres; ii) su construcción colectiva y participativa, que recoge las voces y demandas de las mujeres que habitan Bogotá en sus diferencias y diversidades; iii) la participación gradual de los diferentes sectores de la administración Distrital en su implementación; y, iv) la priorización e incorporación de acciones con enfoque de género en diferentes instrumentos de planeación del Gobierno Distrital.

Esto último realizado de manera correlativa con los procesos de sensibilización y formación sobre la política y sus enfoques para transformar la institucionalidad en pro de la garantía de los derechos de las mujeres y para contribuir a la implementación de acciones afirmativas para combatir la discriminación contra las mujeres. La presente actualización de la política es necesaria debido a que persisten inequidades, barreras, brechas, desigualdad, discriminación, subordinación de género y violencias contra las mujeres que limitan el ejercicio pleno de sus derechos, a lo largo de su curso de vida. Por ello, con este ejercicio se busca fortalecer la actuación conjunta y de largo plazo del Distrito para el reconocimiento, garantía y restablecimiento de los derechos de las mujeres en sus diferencias y diversidades.

Normativa

Política Pública de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030

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LGBTI

Bogotá ha sido pionera y referente a nivel nacional en el reconocimiento de los derechos de las personas de los sectores LGBTI dentro de la agenda pública. Doce años atrás, como resultado del ejercicio de incidencia y articulación de organizaciones, líderes y lideresas de los sectores, se consiguió la expedición del Acuerdo 371 de 2009 "Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas LGBT- y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

Posteriormente, con el Decreto 062 de 2014 se adoptó la política pública con el objetivo de garantizar el ejercicio pleno de derechos a las personas de los sectores LGBTI como parte de la producción, gestión social y bienestar colectivo de la ciudad. Asimismo, con los siguientes cuatro objetivos específicos:

1. Consolidar desarrollos institucionales para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las personas de los sectores LGBTI.
2. Generar capacidades en las organizaciones y personas de los sectores LGBTI para una efectiva representación de sus intereses como colectivo en los espacios de decisión de la ciudad.
3. Promover una cultura ciudadana basada en el reconocimiento, garantía y restitución del derecho a una vida libre de violencias y de discriminación por identidad de género y orientación sexual.
4. Posicionar la perspectiva de géneros y diversidad sexual para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el Distrito Capital.

Normativa

Política Pública para la Garantía Plena de los Derechos de las personas LGBTI y sobre Identidades de Género y Orientaciones Sexuales en el Distrito Capital, 2021-2032

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Discapacidad

La Política Pública de Discapacidad para Bogotá D.C- PPDB 2023 – 2034 se presenta como una respuesta integral y coordinada entre los sectores distritales para luchar contra la discriminación, la desigualdad y la exclusión social que experimentan las personas con discapacidad, sus familias y las personas cuidadoras de personas con discapacidad.

La Política Pública reconoce que la persistencia de condiciones de discriminación y segregación relacionadas con deficiencias en la garantía plena del ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad es un problema público de importante magnitud y, por consiguiente, debe convocar a la Administración Distrital a la implementación de acciones contundentes que aumenten de manera significativa el goce efectivo de derechos, la inclusión social y la eliminación de las barreras físicas, actitudinales, comunicativas, económicas y tecnológicas que experimenta esta población.

Este problema se argumenta, en primera instancia, por los limitados mecanismos para la identificación, reconocimiento y autorreconocimiento de la discapacidad en el marco del modelo social, generados por las dificultades para el acceso y permanencia a los procesos de detección temprana, oportuna, atención y rehabilitación integral de la discapacidad, el insuficiente conocimiento y voluntad por parte de la familia y la sociedad para reconocer a la persona con discapacidad y las oportunidades de acceso a programas, proyectos, servicios y beneficios para el desarrollo de las capacidades humanas.

Normativa

Decreto 089 de 2023 Política Pública de Discapacidad para Bogotá Distrito Capital 2023-2034

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Campesinos / Ruralidad

La reformulación de la Política Pública Distrital de Ruralidad del Distrito Capital (D.C.) es un proceso que adelanta la Secretaría Distrital de Planeación (SDP), en coordinación con otros sectores de la Administración Distrital, luego de cumplirse más de una década de vigencia del Decreto Distrital 327 de 2007, mediante el cual se adoptó por primera vez en el Distrito una política con enfoque territorial para la ruralidad a través del Decreto Distrital 042 de 2010, y cuyo Plan de Acción (conocido como Plan de Gestión del Desarrollo Rural Sostenible – PGDR) se adoptó mediante el Decreto 042 de 2010.

A través de un conjunto de planes y programas que se materializaron en cuatro ejes, el Plan de Acción de la Política vigente reúne 301 proyectos, a ser implementados en el territorio rural, que corresponde al setenta y cinco por ciento (75%) del suelo de Bogotá. Sin embargo, algunos de los proyectos no han tenido la implementación deseada debido a fallas en factores institucionales y de gobernanza que redundan en una baja ejecución de la Política, que apenas superó el 50% en 2020, según datos de la Secretaría Distrital de Ambiente (2021).

De esta manera, y con el objetivo de homogeneizar el procedimiento y generar un mejor seguimiento a las políticas públicas distritales en el 2017, mediante el Decreto Distrital 668 de 2017 se reglamentó el Consejo de Política Económica y Social del D.C. (CONPES D.C.); y se expidió la Resolución 2045 de 2017, por medio de la cual se adoptó la Guía para la Formulación e Implementación de las Políticas Públicas del Distrito Capital, hoy derogada por la Resolución 698 de 2022.

Normativa

Política Pública de Ruralidad 2023-2038

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Actividades Sexuales Pagadas

La Política Pública de Actividades Sexuales Pagadas – PPASP- del Distrito Capital constituye una apuesta por una aproximación distinta al abordaje desde el control sanitario, territorial y administrativo (medidas higiénico-sanitarias, de ordenamiento territorial y policivas), para afrontar el tema desde una postura garantista de derechos de las personas que las realizan, alejándose tajantemente de toda forma de violencia o delito sexual y buscando por el contrario su visibilización, en procura de la prevención, control y sanción de estos.

Desde el ejercicio de caracterización de Personas que Realizan Actividades Sexuales Pagadas en Contextos de Prostitución en Bogotá, adelantado por el Observatorio de Mujeres y Equidad de Género - OMEG de la Secretaría Distrital de la Mujer en 2017, (que se actualizará este año), se reconoce que las actividades sexuales pagadas son principalmente una actividad feminizada, aunque cada vez es más visible la población masculina que se dedica a estas.

Normativa

Política Pública de Actividades Sexuales Pagadas 2020 – 2029

Documentos asociados:



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