Titulo Descripción Acción
Inscripción de dignatarios de los organismos deportivos y recreativos vinculados al Sistema Nacional del Deporte

Registro y reconocimiento al Representante Legal y demás dignatarios de los organismos deportivos y/o recreativos y demás entidades vinculadas al Sistema Nacional del Deporte, que hayan sido elegidos para el desempeño de los órganos de administración, control y disciplina.

Soporte jurídico

 

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Aprobación de las reformas estatutarias de los organismos deportivos y/o recreativos vinculados al Sistema Nacional del Deporte

Obtener aprobación de las reformas estatutarias que mediante asamblea realizaron los organismos deportivos y/o recreativos y demás entidades vinculadas al Sistema Nacional del Deporte.

Soporte jurídico:

  • Decreto 1529 de 1990 artículo 4"Por el cual se reglamenta el reconocimiento y cancelación de personerías jurídicas de asociaciones o corporaciones y fundaciones o instituciones de utilidad común, en los departamentos".
  • Decreto 1228 de 1995 artículo 20, 22“Por el cual se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1995".
  • Decreto 525 de 1990 artículo 30,31,35 " Por el cual se reglamentan los artículos 55, 57, 59 y 60 de la Ley 24 de 1988, parcialmente los artículos 12, 13, y 18 de la Ley 29 de 1989 y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto Distrital 848 de 2019, "Por el cual se unifica la normativa sobre las actuaciones y los trámites asociados a la competencia de registro y a la asignación de funciones en materia de inspección vigilancia y control sobre entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en el Distrito Capital y se dictan otras" disposiciones. (Articulo. 17)
  • Decreto Distrital 340 de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones." (Articulo.16)
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Reconocimiento de la personería jurídica de los organismos deportivos y recreativos vinculados al Sistema Nacional del Deporte

Reconocimiento de las ligas y asociaciones deportivas constituidas como corporaciones o asociaciones por un número mínimo de clubes promotores o deportivos o de ambas clases, para fomentar, patrocinar y organizar la práctica de uno o varios deportes o modalidades deportivas, dentro del ámbito territorial.

Soporte jurídico

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Certificación de existencia y representación legal ESAL

Certificar la existencia y representación legal de los organismos deportivos y/o recreativos y demás entidades con domicilio en el Distrito Capital, vinculadas al Sistema Nacional del Deporte que cuento con su registro de inscripción de dignatarios actualizado.

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Registro y sello de libros de actas

Registrar los libros de actas de asamblea General y de Comité Ejecutivo de los organismos vinculados al Sistema Nacional del Deporte de competencia de la SCRD, con el fin de que se consigne lo ocurrido en el transcurso de las reuniones y que sirva como prueba de las decisiones allí adoptadas.

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Declaratoria, revocatoria o cambio de nivel de intervención de un bien de interés cultural del ámbito Distrital

Declarar, revocar o cambiar de nivel de intervención de un bien de interés cultural del ámbito Distrital de acuerdo con la normatividad establecida para tal fin.

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Solicitud de amparo provisional de BIC del ámbito distrital

Solicitud de amparo de inmuebles que cuentan con valores para ser declarados como Bienes de Interés Cultural – BIC de acuerdo a lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial – POT.

Soporte jurídico

  • Ley 397 de 1997, (Artículo 8)“Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias”.
  • Ley 1185 de 2008, (Artículo 7 y 8) "Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 - Ley General de Cultura y se dictan otras dispocisiones"
  • Decreto 070 de 2015, (Artículo 1 y 4) “Por el cual se establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, se reasignan competencias y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 190 de 2004, (Artículos 123, 124, 125 y 384) "Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003"
  • Resolución Número 0983 de 2010 (Capítulo 1) " Por la cual se desarrollan algunos aspectos técnicos relativos al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material"
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Certificado inspección, vigilancia y control

Certificar el cumplimiento formal de las obligaciones jurídicas, financieras y contables de las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, deportivos o recreativos con domicilio en el Distrito Capital registradas en la Cámara de Comercio, que no pertenezcan al Sistema Nacional del Deporte.

Soporte jurídico:

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Identificación de creadores y gestores culturales

Los Beneficios Económicos Periódicos para creadores y gestores culturales, enmarcados en el Decreto 2012 de 2017, son una alternativa para aquellos ciudadanos (as) que no tendrán acceso a una pensión, en la cual quienes resulten beneficiarios (as) podrán recibir un ingreso de por vida en su vejez.

El Decreto 2012 del 17 de noviembre de 2017, suscrito por los Ministerios de Cultura, de Trabajo y de Hacienda, establece que los recursos provenientes del 10% del recaudo de la Estampilla Procultura, reservados para la seguridad social de los creadores y gestores culturales, se deben destinar a la financiación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS, en las modalidades Financiación de una Anualidad Vitalicia del Servicio Social Complementario BEPS (anualidad vitalicia) y Financiación de Aportes al Servicio Social Complementario BEPS (motivación al ahorro).

  • A la Financiación de una Anualidad Vitalicia del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS- (anualidad vitalicia) aplicarán creadores-as y gestores-as culturales hombres a partir de 62 años cumplidos y mujeres con 57 años cumplidos, siempre que se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud; cumplan todos los requisitos y sean incluidos en una resolución de beneficiarios, recibirán cada dos meses de forma vitalicia (hasta el último día de su vida) el equivalente al 30% del salario mínimo mensual legal vigente.

Nota 1: Si la persona postulada para la Financiación de una Anualidad Vitalicia del Servicio Social Complementario (anualidad vitalicia) estuvo afiliada al sistema pensional, los recursos por concepto devolución saldos o indemnización sustitutiva, según aplique, serán tenidos en cuenta en el cálculo que se realiza y estos recursos harán parte del 30% del beneficio que disfrutará el ciudadano (a) de forma vitalicia.

Nota 2: Si la salud del creador (a) Gestor (a) cultural es cubierta por alguna agremiación o asociación en el marco del Decreto 823 de 2021, el aspirante aportará la respectiva certificación.

A la Financiación de Aportes al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS- (motivación al ahorro) aplican los creadores y gestores culturales entre 18 y 61 años y las creadoras y gestoras culturales entre 18 y 56 años. Pueden recibir como beneficio un monto destinado al ahorro, siempre y cuando se encuentren afiliados al régimen subsidiado en salud o como beneficiarios del régimen contributivo en salud. De acuerdo con los recursos disponibles del recaudo del 10% de la estampilla Procultura, la SCRD destinará hasta el 10% de los recursos en cada vigencia para apoyar a los ciudadanos (as) que resulten beneficiarios (as) de la Financiación de Aportes al Servicio Social Complementario de BEPS (motivación al ahorro). El aporte mínimo anual realizado por la SCRD (por ciudadano o ciudadana) será equivalente a seis (6) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV) y el valor máximo de ese aporte dependerá, a su vez, del ahorro que realice el ciudadano en cada vigencia. La SCRD aportará, adicional al valor mínimo mencionado, sobre ahorro anual del ciudadano(a) a partir de $50.000, es decir tres pesos por cada peso que ahorre el ciudadano (a), sin que al final de cada vigencia se supere el tope anual de aportes fijado por Colpensiones. Los ciudadanos (as) en esta modalidad inician el disfrute de su beneficio una vez cumplan la edad: Mujeres 57 años y hombres 62 años.

¿Cuándo puede realizarlo?: 

Creadores y gestores culturales pueden aplicar o subsanar en el momento que les sea posible. 
Nota: Es importante que estén atentos a las fechas de corte semestrales que señala el Ministerio de Cultura, ya que, en esa fecha los aspirantes que hayan concluido su aplicación satisfactoriamente y que tengan estado de solicitud REGISTRADA, pasarán a conceptos de viabilidad del Ministerio de Cultura y Colpensiones

¿A dónde ir?

Carrera 8 # 9-83 Bogotá D.C

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Recibir y evaluar solicitudes mediciones e investigaciones, transformación cultural

La Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, busca por medio de una solicitud en línea, determinar el alcance y las características técnicas de la medición, investigación o acompañamiento que requieren usted o su entidad. Tenga presente que esta solicitud únicamente se encuentra disponible para funcionarios públicos.

¿A dónde ir?

Las solicitudes se realizarán únicamente en línea.

¿Cuándo puedo realizarlo?

Lunes a Viernes horario laboral 8:00am – 4:30pm 

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BibloRed

La Red Distrital de Bibliotecas Públicas, BibloRed, es un sistema que propende porque los ciudadanos tengan la posibilidad de acercarse a los libros, la escritura, la cultura, la investigación, la ciencia, la tecnología y la innovación. El quehacer de BibloRed está orientado por el Plan de Lectura y Escritura Leer Para la Vida y las políticas de desarrollo humano de la ciudad, lideradas desde la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

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Programa Distrital de Estímulos

El Programa Distrital de Estímulos, constituye una de las estrategias de fomento del sector cultura, recreación y deporte de la ciudad de Bogotá. Aúna los esfuerzos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), el Instituto Distrital de las Artes (IDARTES), el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), la Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB), la Fundación Gilberto Alzate Avendaño (FUGA) y el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD),para fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas privadas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos, patrimoniales y del sector creativo, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas, o para realizar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector.  

Soporte Jurídico: 

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Programa Distrital de Apoyos Concertados

El Programa Distrital de Apoyos Concertados (PDAC) promueve y apoya la realización de proyectos de iniciativa privada y de interés público, acordes con el Plan de Desarrollo Distrital (PDD) vigente y encaminados a fomentar y dinamizar las prácticas culturales, artísticas, patrimoniales, creativas y de cultura ciudadana en la ciudad de Bogotá D.C. El programa se implementa mediante la conformación de un banco de proyectos organizados en dos modalidades: proyectos locales e interlocales y proyectos metropolitanos.

Soporte Jurídico: 

● Constitución Política de Colombia. Artículos 70, 71 y 72. Por medio de los cuales se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomento y estímulos a la cultura.

Ley 397 de 1997. Ley General de Cultura. Por la cual se desarrollan los artículos 70,71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura. Artículos17 y18. Del fomento y los estímulos a la creación, a la investigación y a la actividad artística y cultural.

Ley 1185 de 2008. Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997–Ley General de Cultura y se dictan otras disposiciones.

Ley 136 de 1994. Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

Ley 1551 de 2012. Por la cual se modifica la Ley 136 de 1994.

Ley 1493 de 2011. Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones y sus decretos reglamentarios.

Ley 23 de 1982. Sobre derechos de autor.

Resolución 104 de febrero 26 de 2016. Por medio de la cual se adopta la tabla de costos para la celebración de convenios de asociación y contratos de apoyo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Ley estatutaria 1584 del 2012. Por medio de la cual se dictan las disposiciones generales para la protección de datos personales.

● Ley 1712 de 2014. Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

Decreto 019 de 2012. Por medio del cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

Ley 80 de 1993, Ley 1150 del 2007, Decreto 1082 del 2015. Sobre contratación pública en Colombia.

Decreto 103 de 2015. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones relacionadas con la transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional.

Decreto 1080 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

Decreto 1082 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.

Decreto 092 de 2017. Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política.

Ley 2052 de 2020. Por medio de la cual se establecen disposiciones, transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones.

● Ley 2070 de 2020. Por la cual se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el Fondo para la Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad Foncultura y se dictan otras disposiciones. Modifica la Ley 1493 de 2011 en algunos aspectos referentes a las líneas de inversión y periodo de ejecución  de los recursos de la contribución parafiscalculturaldelosespectáculospúblicosdelasartesescénicas.

● Decreto Nacional 639 de 2021. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2070 de 2020 en lo que se refiere a la destinación específica de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas y se modifican los artículos 2.9.2.4.2, 2.9.2.4.3 y 2.9.2.5.2 del Decreto 1080 de 2015, Único Reglamentario del Sector Cultura.

Decreto Distrital 321 de 2022. Por el cual se modifica el Decreto Distrital 081 de 2019 'Por el cual se establecen los mecanismos para la administración de la contribución para fiscal cultural en el Distrito Capital.

● CONPES D.C. 02 de 2019. Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa 2019-2038.

Decreto Distrital 340 de 2020.  Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones.

Acuerdo 761 de 2020. Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024: un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI.

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Trámite

Titulo Descripción Acción
Agenda cultural virtual

Es un producto comunicativo que busca responder a las necesidades de la ciudadanía, proyectando una información articulada de la cultura, la recreación y el deporte en la ciudad. Es un espacio en el que los residentes y visitantes de la ciudad encuentran la oferta cultural, recreativa y deportiva que brinda la Administración Distrital. La agenda difunde semanalmente alrededor de veinte eventos y actividades de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tanto como de las entidades adscritas (Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de las Artes e Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte), la vinculada (Canal Capital) y escenarios como Teatro Jorge Eliécer Gaitán, Museo de Bogotá, Planetario de Bogotá, Galería Santa fe, Teatro al Aire Libre de la Media Torta, Cinemateca Distrital, entre otros. Para verificar la programación, consulte aquí

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Consulta Certificado

Aquí podrás consultar el estado de tu solicitud de certificado, si el estado del trámite es “documento cargado y disponible”, digite el número de radicado y el código de verificación (CV) para acceder al documento.

Soporte Jurídico: 

https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/personas-juridicas/normatividad

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Reporte de información jurídica, financiera y contable ESAL recién constituidas

Reporte de información Jurídica, Financiera y Contable, para las Entidades Sin ánimo de Lucro con fines Culturales, Deportivos y/o Recreativos de competencia de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, recién constituidas (A partir del 1 de enero de 2023)

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Reporte de información jurídica, financiera y contable ESAL constituidas vigencias anteriores

Reporte de información Jurídica, Financiera y Contable, para las Entidades Sin ánimo de Lucro con fines Culturales, Deportivos y/o Recreativos de competencia de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, vigencias anteriores (Constituidas antes del 31 de diciembre de 2022

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Aportes para los creadores y gestores culturales de Bogotá, asignación de los beneficios al servicio social complementario de beneficios económicos periódicos – BEPS.

Trata de reconocer a los artistas y creadores culturales de la ciudad un beneficio económico periódico -BEPS, el cual es un programa de ahorro voluntario administrado por la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones, este programa es diseñado para proteger a las personas a quienes sus recursos no les alcanzan para cotizar a pensión. Las personas que ahorran en BEPS construyen el capital que les permitirá disfrutar en su vejez de un ingreso económico de por vida.

Soporte Jurídico:
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