De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1712 de 2014, atendiendo los mandatos del Titulo 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Nº 1081 de 2015, "Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la Republica" y atendiendo los postulados de la Estrategia de Gobierno en Línea establecidas en el Titulo 9 Capítulo 1 de Decreto Nº 1078 de 2015, los sujetos obligados por el artículo 5 de la Ley 1712 de 2014 deben publicar en su sitio web las siguientes categorias de información:
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Mecanismos de contacto con el sujeto obligado
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Información de interés
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Estructura orgánica y talento humano
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Normatividad
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Presupuesto
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Planeación
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Control
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Contratación
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Trámites y Servicio
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Instrumentos de gestión de información Pública
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- Programa de Gestión Documental
- Tablas de Retención Documental
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