Seguridad Social

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Distrito entrega 6.500 subsidios en salud para artistas

Bogotá será la primera ciudad de Colombia que le garantizará a sus creadores y gestores culturales un subsidio de salud.

El programa permitirá la afiliación a una entidad promotora de salud del Régimen Subsidiado para ellos y su grupo familiar.
Como novedad, los afiliados serán amparados por el Régimen Subsidiado pero, tendrán el mismo Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo con muchos más beneficios y cobertura de tratamientos y enfermedades.
Durante dos meses  creadores y gestores que aspiren a recibir este subsidio podrán hacer su inscripción en forma ágil  en 11 puntos de la ciudad, en los Portales Interactivos de la ETB y a través de la página www.culturarecreacionydeporte.gov.co.

El 19 de agosto, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de las Secretarías de Cultura, Recreación y Deporte y de Salud, inició el  registro de artistas, creadores y gestores culturales de la ciudad, con el fin de entregar un subsidio en salud que les garantice por primera vez una adecuada protección para ellos y sus familias.

Para acceder a estos subsidios los artistas tendrán dos meses para inscribirse a través de un formato de registro que estará disponible en 11 puntos de la ciudad en CADES  y SUPERCADES, en los Portales Interactivos de la ETB y en el Portal  www.culturarecreacionydeporte.gov.co.

En el caso específico de Bogotá, la Alcaldía Mayor beneficiará a 6.500 personas, con un presupuesto anual de $2.400 millones, provenientes de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y del 10% de los recursos recaudados por concepto de la estampilla Procultura.

Esta acción se llevará a cabo en el marco de la implementación del Decreto No. 4947, que fue promulgado  por el Gobierno Nacional el 18 de diciembre del 2009, con el fin de que los creadores y gestores culturales de bajos recursos económicos del país, gocen de los beneficios de salud que otorga el Régimen Contributivo, mediante una serie de subsidios.

El Decreto parte de  la iniciativa y los estudios desarrollados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá. En él se establecen unos parámetros para que los municipios del país implementen el esquema y destinen los recursos necesarios para garantizar la cobertura en salud. Así mismo, define de manera clara el uso que deben dar los entes territoriales al 10% de los recursos generados por concepto de la estampilla Procultura, cuya destinación es la seguridad social de creadores y gestores culturales.

Según  Catalina Ramírez Vallejo, Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá: “con la realización del registro buscamos garantizar la cobertura efectiva del programa y de esa manera beneficiar a los  creadores y gestores culturales que hoy en día se encuentran en condiciones de vulnerabilidad. Este proyecto responde al compromiso del gobierno distrital con la garantía de los derechos de los bogotanos”.

El anuncio de este proyecto lo realizó el Alcalde Mayor, Samuel Moreno Rojas, durante una rueda de prensa que se llevó a cabo en la Casa de los Comuneros, sede de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

¿Quiénes se podrán beneficiar de este  programa?

Las personas que cumplan dos condiciones:

1.Quienes se acrediten como creadores (artistas plásticos, músicos, bailarines, actores y  artistas visuales) o gestores  culturales, presentando las siguientes certificaciones:

Registro de la socialización de  la actividad artística (obras y manifestaciones creativas) ante el público
Certificación de experiencia expedida por un tercero y/o
Certificación de formación académica que acredite alguna formación profesional o técnica

2.Quienes estén afiliados o vayan a afiliarse al Régimen Subsidiado de Salud, así:

SISBEN niveles 1, 2 y 3
Listados censales de poblaciones especiales como indígenas, desplazados y desmovilizados del conflicto armado.

¿Quiénes no pueden acceder al subsidio?
No podrán participar las personas afiliadas al Régimen Contributivo de Salud o a uno de los Regímenes Exceptuados de la Ley 100 de 1993 (maestros, fuerzas militares, policía nacional y servidores públicos de ECOPETROL), quienes posean una relación laboral formal y quienes tengan la calidad de pensionados.

¿Cómo se van a acreditar los artistas y gestores culturales?
La Alcaldía Mayor de Bogotá adelantará un registro de  creadores y gestores culturales y para ello ubicará puntos de atención en CADES y SUPERCADES, en los cuales las personas se deberán inscribir y presentar las certificaciones anteriormente descritas.  Quienes cumplan con los requisitos serán informados de manera pública y sus nombres serán publicados en la lista de beneficiarios .

¿A dónde deben dirigirse los artistas y creadores culturales para registrarse?
Se podrán dirigir a 11 puntos dispuestos por la Secretaría Distrital de Salud en la Red de Cades y SuperCades y en los Puntos Interactivos de la ETB. Esta información está publicada en las páginas www.culturarecreacionydeporte.gov.co  y www.saludcapital.gov.co.

¿En caso de que se presenten más personas que los cupos existentes, cuáles serán los criterios de selección?
Los cupos se otorgarán en el siguiente orden:

Inicialmente se tienen disponibles 6.500 cupos, por lo que estos se asignarán teniendo en cuenta los siguientes criterios de priorización:

1.Creadores y gestores culturales identificados en los niveles1 y 2
del SISBEN o certificadas como Población Especial (identificados mediante listados censales).

2.Creadores y gestores culturales del nivel 3 del SISBEN.

¿Esta  afiliación a la EPS-S tiene algún costo para los creadores y gestores culturales?
Por estar afiliados a una EPS-S   las personas de los niveles 1 y 2 del SISBEN y las que estén certificadas como Población Especial (mediante listados censales), no tienen que pagar. Los creadores y gestores culturales del nivel 3 del SISBEN tienen que aportar * $20.600 mensuales. Este aporte se hará mensualmente a la Empresa Promotora de Salud del Régimen Subsidiado EPS-S.

¿Qué  beneficios dará este aporte a salud?

Los beneficiarios tendrán los mismos derechos en salud del Régimen Contributivo, a excepción de los pagos por licencia de maternidad o incapacidad.
Incluye actividades de promoción y prevención, consultas médicas y de especialistas, entrega de medicamentos, exámenes de laboratorio, imágenes diagnósticas tratamientos y rehabilitación de enfermedades contenidas en el Plan Obligatorio de Salud.

¿Qué es la Estampilla Procultura?

La  Ley 666 del 2001 autorizó a las asambleas departamentales, a los  concejos distritales y a los concejos municipales para  ordenar la emisión de una estampilla “Pro cultura” , con el objeto de destinar los recursos recaudados para  el fomento y estímulo a la cultura.  Esta Ley  estipuló  que el 10% se debía destinar para la seguridad social del creador y gestor cultural.

En el caso de Bogotá,   el Acuerdo 187 de 2005  ordenó su creación y precisó que los recursos provendrían del  0.5% del valor de los pagos anticipados de los contratos y adiciones que suscriban las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.


Puntos de atención

SUPERCADES

Américas: Avenida Carrera 87 No.  43 – 02 Sur, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. sábado: 8:00 a.m. - 11:00 a.m.

Calle 26: Carrera 30 No. 24- 90, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. Sábado: 8:00 a.m. - 11:00 p.m.

Suba: Avenida Calle 145 No. 103B – 90, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. Sábado: 8:00 a.m. - 11:00 p.m.

Bosa: Avenida Calle 57 R Sur No. 72 D, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. Sábado: 8:00 a.m. - 11:00 p.m.

CADES

Santa Lucía: Av. Caracas 42-00 Sur, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Santa Helenita: Diagonal 37 sur Carrera 2ª Est, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Candelaria: Calle 60 A Sur No. 20 – 80, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

20 de Julio: Cra 5 #30 D- 20 sur Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 11:00 a.m.

Servitá: Calle 165 No. 14 – 80, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

La Victoria: Diagonal 37 sur Carrera 2ª Este, Lunes a viernes 7:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Punto de Atención de la Secretaría de Salud del Distrito: Carrera 32 No. 12 -81, Lunes a viernes 7:30 a.m. - 4:30 p.m.


MAYORES INFORMES
Línea gratuita 195-
Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte 3274850 ext 661 y 712



AdjuntoTama帽o
Documento final CENDEX.pdf950.64 KB
Resoluci贸n convenio SCRD - Secretaria de Salud300.32 KB

Comentarios

aclarar que pasa con los artistas que trabajamos por prestacion

los artistas que trabajamos por prestacion de servicios estamos obligados a presentar certificados de afiliacion, para podernos desempe帽ar laboralmente, cuales son realmente las posibilidades que tenemos, para acceder al subsidio. les agradezco su atencion.

informaci贸n

buenas tardes:

deseo saber si una persona que acredite un pregrado en artes pl谩sticas tambien necesita el certificado de experiecia expedido por terceros y la presentaci贸n del registro de socializaci贸n de las obras ante el p煤blico.

Gracias

Afiliaci贸n al Programa de Seguridad Social

Fernando,
Usted puede iniciar el proceso de registro para ser acreditado como creador o gestor cultural del Distrito Capital, esto con el fin de ir avanzando en el proceso, en el momento en que culmine su contrato y si usted ha sido acreditado como creador o gestor cultural, debe solicitarle a la EPS en donde se encuentra afiliado que lo desvincule para poder recibir los beneficios del programa.

Cordialmente,

Janneth Bol铆var

Afiliaci贸n al Programa de Seguridad Social

Pedro,
Para inscribirse en el programa Asegurarte, seguridad social en salud para los Artistas, debe anexar los siguientes documentos:

1 Certificaci贸n de experiencia expedida por terceros con las que demuestre m铆nimo un a帽o.
2. Presentaci贸n del registro de socializaci贸n de las obras ante el p煤blico ( fotocopias de rese帽as, afiches, catalogos, programas de mano, avisos de prensa, publicaciones literarias entre otros que demuestren que los bienes o procesos culturales que usted desarrolla han sido expuestos ante el p煤blico.
Certificaci贸n de formaci贸n: Presentar la constancia de grado en cualquiera de las 谩reas de las artes, esta certificaci贸n puede ser expedida por el Sena, por una Universidad o por una Instituci贸n de educaci贸n para el trabajo.
Para acreditarse como creador o gestor cultural debe presentar indispensablemente dos tipos de certificaciones:
Las que tratan los numerales 1 y 2 贸 las que tratan los numerales 2 y 3 m谩s la fotocopia del documento de identidad.

Cordialmente,

Janneth Bol铆var

INFORMACI脫N

Aunque en este momento estoy inscrito a una EPS es probable que a final de a帽o no lo est茅, pues soy docente del sector privado con contrato a t茅rmino fijo y por lo tanto me interesa la continuidad en el servicio de salud. Quisiera saber si en estas condiciones me cubre la propuesta. Agradecer铆a su opini贸n. Fernando Cely Herr谩n

documentos

q documentos debo presentar para la afiliacion del servicio de la seguridad social ya me encuentro suscrito en el sisitema pero necesito saver q pasos aseguir en adelante les agradesco me respondan gracias att pedro adan ramires pataroyo